¿Es obligatorio darse de alta como autónomo si ganas poco?

¿Sabías que hay formas de facturar por trabajos realizados sin estar dado de alta como autónomo? Si estás pensando en emprender un negocio pero lo ves todo demasiado negro, esta guía te ayudará a resolver algunas dudas típicas que nos asaltan cuando comenzamos un proyecto empresarial.

Jose Romero

Actualizado el 01/10/2020 a las 14:56

Periodistas, hosteleros, escritores, fotógrafos, traductores… Todos ellos son empleos en los que, a veces, se factura muy poco porque se tratan de trabajos puntuales que se realizan por cuenta propia. Surge entonces la duda de si darse de alta como autónomo es obligatorio para facturar esos trabajos.

Y es que actualmente, lanzarse al mercado laboral como autónomo puede resultar complicado porque además del sueldo, hay que pagar los correspondientes impuestos, por lo que no siempre es fácil arrancar con un negocio.

¿Es obligatorio darse de alta como autónomo si ganas poco?
¿Es obligatorio darse de alta como autónomo si ganas poco?

Tras los últimos cambios, la cuota de autónomos de 2018 es de 275 € mensuales en su cuota mínima. Además, los nuevos autónomos que se den de alta tendrán una tarifa plana de 50 € mensuales durante los doce primeros meses de actividad, pasado los cuales pasarán a pagar la cuota mínima de 275 €

Veamos, pues, algunas alternativas para facturar por trabajos esporádicos sin tener que estar dados de alta como autónomos.

¿Cuándo es obligatorio darse de alta como autónomo y cuándo no?

La Seguridad Social define a un autónomo como “aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo”.

Sobre esta legislación que es bastante ambigua arrojó algo de luz una sentencia del Tribunal Supremo en 2007, en la que situaba como límite el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Es decir, que si se gana menos del SMI, no es obligatorio darse de alta en el RETA, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Eso sí, si nuestros ingresos son superiores, sí que es obligatorio hacerlo.

Por otro lado, existe otro matiz en la ley, el que hace referencia a la actividad que se realiza de forma habitual. En principio, si tus trabajos son eventuales no tienes porqué darte de alta como autónomo. Solo se debería hacer una declaración puntual en la Declaración de la Renta declarando el beneficio por ese trabajo no habitual. Hay que remarcar que el tributo aplicado a esa declaración varía según la actividad realizada, así que dependiendo de la naturaleza de la actividad y el porcentaje aplicado podría salir a cuenta darse de alta como autónomo uno o dos meses para declarar la cantidad.

Ahora bien, en determinados negocios como abrir una tienda o montar una web de comercio electrónico, la Seguridad Social puede entender que hay una intención de mantener el trabajo en el tiempo, por lo que si no te das de alta te expones a una multa.

Así pues, las situaciones en las que un trabajador puede no darse de alta en el RETA son si gana menos del salario mínimo, que actualmente es de 735,90 euros al mes, 8830,8 euros anuales, o si sus trabajos son eventuales.

Cómo facturar sin darse de alta como autónomo

Hay una forma de facturar sin tener que estar dado de alta en el régimen de autónomos, por medio del alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Una vez que figuramos en este registro, podemos facturar para liquidar el IVA, si no se está exento por el tipo de actividad económica, y el IRPF de forma trimestral, porque hacerlo sin estar registrado no es legal.

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Por otro lado, hay que hablar de las Cooperativas de Trabajo Asociado. Estas cooperativas se convirtieron en una forma de sortear el alta en el régimen de Autónomos de la Seguridad Social, ya que solo bastaba con inscribirse como socio en la cooperativa. Actualmente, tanto el Ministerio de Empleo como los tribunales están investigando dichas cooperativas por fraude contra la Seguridad Social, por lo que este medio para sortear el alta no es nada recomendable.

Recuerda: facturar sin estar dado de alta como autónomo (en el RETA) solo es posible si se trata de trabajos puntuales o si ganamos menos del Salario Mínimo Interprofesional.

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¡Ah!, y si estás arrancando un negocio o estás pensando en hacerlo, no te pierdas esta guía con los típicos gastos inútiles en una empresa y algunos consejos para ahorrártelos, para que empieces tu negocio con buen pie.

Escrito por: Jose Romero

Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas. Especialista en marketing digital e IA con más de 15 años experiencia, donde ha podido trabajar para marca líderes en sus industrias como IKEA, Samsung, Mastercard, Mapfre, Endesa... en sectores clave como el los seguros, banca, ecommerce, telecomunicaciones y energía, habiéndose especializado en performance marketing y analítica digital. Ha pasado por varias de las mayores agencias a nivel internacional como Cheil Worldwide y McCann (MRM).

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Hay 3 comentarios sobre “¿Es obligatorio darse de alta como autónomo si ganas poco?

  1. Saludos, tengo una preguntilla: Trabajo por cuenta ajena, a jornada completa, y aparte, por mi cuenta soy minero de criptomoneda, pero ésto último no me reporta los 735€/ mes del Salario Mínimo Interprofesional. Y la pregunta es: ¿tendría que darme de alta como autónomo, al no alcanzar esa cantidad, y al estar ya cotizando el máximo de horas posible en otra actividad distinta? Gracias.

  2. Saludos. Actualmente estoy recibiendo prestación por desempleo.¿ Sí realizo actividad de mineria en criptomonedas me afecta al paro?. Gracias.

  3. Hola. Estoy en la misma situación que el comentario de Suso.
    En este caso al no ser una actividad habitual tendría que darme de alta?. Y a nivel de epigrafe Iae cual sería ? Entiendo que para hacienda hay que darse de alta cuando haya actividad con las criptomonedas

    Un saludo

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