Seguro de dependencia
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Coberturas en los seguros de dependencia que puedes contratar
Los seguros de dependencia no solo garantizan cobertura en caso de dependencia, también se completan con algunas coberturas complementarias que serán útiles en caso de vivir ese tipo de situaciones. Te detallamos las opciones que tienes al contratar un seguro de dependencia:
- Ingreso de capital en caso de dependencia severa.
- Ingreso de capital en caso de gran dependencia.
- Renta en caso de dependencia severa.
- Renta en caso de gran dependencia.
- Capital para cubrir los gastos iniciales.
- Capital de fallecimiento accidental.
- Asesoramiento fiscal.
- Asesoramiento jurídico.
- Segunda opinión médica.
- Cobertura en accidentes de circulación.
- Cobertura en accidentes laborales.
Cosas que tienes que tener en cuenta al contratar Un seguro de dependencia
Ante de contratar este tipo de seguros, tenemos que plantearnos cómo quedaría nuestra vida en caso de que nos den un grado de dependencia severa o un gran dependencia y a partir de ahí analizar estos tres puntos para no dar por hecho algunos detalles que luego podremos echar en falta en el futuro. Aclarémoslos ahora antes de empezar con la contratación.
El tipo de atención médica necesitas
¿Estás pensando en atención primaria principalmente o en situaciones graves? Un seguro que nos de acceso a especialistas pero esté limitado en hospitalizaciones será más económico que uno que nos dé cobertura completa. Hay personas que para situaciones graves prefieren acudir al Sistema Nacional de Salud.
El tipo de coberturas que necesitas
Un hombre soltero y sin familia de 30 años tiene unas necesidades distintas que una madre de 4 niños pequeños, hay que adaptar coberturas y precio a cada situación.
El hombre de 30 años normalmente quizá haga un uso esporádico del seguro de salud pero la madre de 4 hijos pequeños necestará asistencia continuada de ginecólogos, pediatras y medicina familiar.
Tu estado de salud
Es muy importante tener en cuenta que si padeces alguna enfermedad, o tienes secuelas de una enfermedad o un accidente anterior, al contratar un seguro de salud esa afección quedará excluida de tu póliza y tendrás que seguir recibiendo atención en el Sistema Nacional de Salud en caso de que necesites atención por ese motivo. Dicho de otra manera, las preexistencias están excluidas de las coberturas de la póliza.
Preguntas frecuentes sobre los seguros de dependencia
¿De qué depende el precio de un seguro de dependencia?
De tu edad (a mayor edad más riesgo), de tu estado de salud (si has tenido una enfermedad u operación grave en el pasado puede afectar al precio), de tu profesión (si es de riesgo o no), del capital o renta que quieras asegurar y de cómo pagues (el fraccionamiento puede llevar un recargo).
¿Tengo que avisar si tengo alguna enfermedad?
Hay algunos casos en los que hay que informar a la aseguradora, como por ejemplo: si se padece colesterol, hipertensión, alguna afección del tiroides o alguna otra operación anterior… Es recomendable contratar este tipo de seguro cuando se es joven y no se tiene ningún problema de salud.
¿Qué sucede si me dan un grado de dependencia moderada?
Los seguros de dependencia suelen cubrir solo los grados II (severa) y III (gran dependencia). Si te reconocen grado I (moderada), no se activa la prestación que tienes contratada, solo si sube a grado II o grado III.
¿Pueden subirme la prima de mi seguro de salud?
La respuesta es, sí. Normalmente en las pólizas de seguro de salud queda indicado que la compañía aseguradora se reserva el derecho a modificar la tarifa de la póliza dependiendo de las circunstancias. Dependiendo de la póliza también pueden cambiar la prima que pagamos por el seguro dependiendo de la siniestralidad, es decir, si se ha utilizado mucho la póliza, ya sea una póliza contratada de forma individual o a través de algún colectivo, en este último caso podrían modificar el precio del seguro si el colectivo ha tenido alta siniestralidad aunque nosotros no la hayamos utilizado, también suelen ser pólizas con un buen precio.
¿Cómo se cobran los seguros de dependencia?
Depende de la asegurador. Puedes cobrar en forma de capital o en forma de renta.
¿Hasta qué edad puedo contratar el seguro de dependencia?
También depende de la compañía. Se puede contratar hasta los 74 años.
¿Tengo que contratarlo yo solo o mi pareja también puede?
Cada persona necesita su propia póliza. El tomador, asegurado y beneficiario tienen que ser sean la misma persona.
¿Se puede contratar también siendo autónomo?
Sí. Las primas de estos seguros, si se contratan de una manera en concreto, pueden reducir la base imponible del IRPF con el límite del 30 % en rendimientos del trabajo y de actividades económicas, y hasta 8.000 € anuales. Si la póliza tiene cobertura de fallecimiento, no tiene beneficio fiscal.
¿Qué se necesita para contratar un seguro de dependencia?
Rellenar la solicitud y firmar el proyecto del seguro. También necesitarás rellenar un cuestionario de salud. Según la edad y el capital, pueden pedir reconocimiento médico o algunas pruebas. Si superas cierto importe económico, te pueden pedir un cuestionario financiero y los dos últimos IRPFs para comprobar que estás pidiendo el seguro acorde a tu situación financiera.
¿Hay carencias en los seguros de dependencia?
Sí, y cada aseguradora especifica unos periodos de carencia diferentes. Por enfermedad física suelen aplicarse 12 meses; por enfermedad mental, tienes 60 años o más son 3 años. Por accidente no hay carencias.
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