Ana María Bea Sanz
Somos muchos los que nos vamos de vacaciones y siempre nos hacemos la misma pregunta: ¿me cubrirá el seguro de salud que tengo contratado en el extranjero si me pasa algo? La respuesta rápida es que depende del seguro que tengas contratado.

Si tienes una modalidad completa y no es un seguro básico, por lo general tienes cobertura médica «limitada» en el extranjero. Digo limitada porque, como veremos después, hay ciertas circunstancias que hacen que puedas necesitar una cobertura mucho más amplia. Te dejamos un análisis de las coberturas de viaje que tienen las principales compañías analizadas y sus productos más completos.
Las aseguradoras de seguros de salud analizadas en sus coberturas de viaje son:
- DKV Integral Élite
- Axa Óptima
- Asisa Completa
- Sanitas Más Salud
- Mapfre Asistencia Supra
- Adeslas Plena Plus
- FiatC Medifiatc
- Aegon Completo
Es momento de empezar el análisis y antes de nada es necesario saber lo que cubren y lo que no cubren los seguros de salud cuando te vas de viaje.
Temas que se tratan en esta publicación:
¿Qué cubren los seguros de salud si me voy de viaje al extranjero?
Vamos a ver un repaso de las principales coberturas, en qué consisten y cómo se comportan las aseguradoras en términos generales. Te recomendamos que te lleves las condiciones generales de la póliza que tengas contratada y las tengas a mano, para asegurarte de los límites exactos y hasta dónde llegan las coberturas.
Gastos médicos en el extranjero
Cobertura que nos da asistencia sanitaria en caso de enfermedad o accidente, siempre que la asistencia requerida se produzca dentro de los 90 días consecutivos desde el inicio del viaje.
Es necesario conocer el importe de la cobertura para recibir asistencia sanitaria, puesto que los límites que encontramos en las pólizas de salud pueden no ser suficientes en destinos con costes médicos muy altos, especialmente en países fuera de Europa como Estados Unidos, Japón, Canadá, Australia, México, Turquía, Tailandia…
Si vas a viajar fuera de Europa, a algunos países como los que te acabamos de nombrar o similares, te recomendamos que contrates un seguro de viaje para tener un capital mucho mayor. Te dejamos un link a nuestro comparador de seguros de viaje.
Los capitales varían entre los 12.000€ y los 30.000€, donde cada aseguradora tiene un importe diferente, te dejamos un listado de los capitales para cada producto para que sepas hasta donde llega tu cobertura:
Aseguradora y producto | Capital de cobertura en viaje |
---|---|
DKV Integral Élite | 30.000€ |
Axa Óptima | 15.000€ |
Asisa Completa | 14.000€ |
Sanitas Más Salud | 12.000€ |
Mapfre Asistencia Supra | 15.000€ |
Adeslas Plena Plus | 12.000€ |
FiatC Medifiatc | 15.000€ |
Aegon Completo | 30.000€ |
Gastos odontológicos de urgencia
Esta cobertura te ayudará a no tener que pasar por caja si en tu viaje tienes urgencias odontológicas que requieran de una asistencia sí o sí y no sea algo que arrastres desde hace un tiempo o ya tengas previsto. Tienes que saber que estos gastos están condicionados a un límite que van desde los 30€ hasta los 300€ dependiendo de la aseguradora.
Los tratamientos que suelen estar excluidos en este punto son: los gastos correspondientes a endodoncias, reconstrucciones estéticas de tratamientos anteriores, limpieza bucal, prótesis, fundas e implantes. Para tener cobertura, los centros de atención suelen ser los que te indica la aseguradora.
Traslado de enfermos y heridos
La aseguradora tomará a su cargo dicho traslado bajo observación médica hasta el punto de asistencia en el que sea posible efectuar el tratamiento.
El servicio médico de la aseguradora será el que decida y elija el medio de transporte y el centro médico/hospital al que debe acudir el asegurado, conforme a las exigencias de orden médico que apliquen al caso.
Esta cobertura suele también tener un límite que va desde los 12.000€ hasta casos en los que no hay límite.
Desplazamiento y estancia de un familiar al centro de hospitalización
Esta cobertura específica consiste en que en el caso de que, durante el viaje, debas estar hospitalizado más de cinco días y ningún familiar directo se encuentre a tu lado, la aseguradora pondrá un billete de avión línea regular (clase turista) o tren (primera clase) ida y vuelta, a disposición de un acompañante con domicilio habitual en España para que pueda acompañarte en el tratamiento. La aseguradora asumirá, en concepto de gastos de estancia, el alojamiento en hotel, y dependiendo de la aseguradora, irá desde los 30€ hasta 100€ por día y hasta un máximo de días que puede ir desde los 5 a los 10 días.
Prolongación de estancia en hotel por prescripción
Si al recibir atención sanitaria tienes que estar hospitalizado por prescripción médica y de acuerdo con el servicio médico, la aseguradora te abonará los gastos que se deriven en caso de que sea necesaria una prolongación de la estancia en hotel. Hay compañías que, si el acompañante es también asegurado de la aseguradora, tendrá también cobertura hasta un máximo diario y un nº concreto de días.
Acompañamiento de menores por enfermedad o accidente de los padres
Si viajas con disminuidos o menores de 14 años y en el viaje no puedes ocuparse de ellos por causa de una enfermedad o accidente que esté cubierto por la póliza, la aseguradora organizará y gestionará el desplazamiento de ida y vuelta, de una persona residente en España designada por ti o tu familia, para que pueda acompañar a tus hijos en su regreso a su domicilio habitual en España, y en el menor tiempo posible.
Traslado en caso de fallecimiento
Si la situación se ha complicado y la persona que estaba de viaje ha fallecido, consulta con la aseguradora para saber si tiene cobertura de repatriación. En caso de fallecimiento del asegurado, la aseguradora organizará y se encargará del traslado del féretro hasta el lugar de su inhumación en España.
También se podrá hacer cargo de los gastos del ataúd mínimo obligatorio, embalsamamiento y de las formalidades administrativas que sean necesarias. En su caso, y tras la petición de los beneficiarios, la aseguradora también asumirá los costes de la incineración en el lugar del óbito, y del transporte de las cenizas hasta el lugar de su inhumación en España. Lo que la aseguradora no tiene por qué dar cobertura en cuanto a los de funeral e inhumación. Para ello es conveniente saber si tiene contratados otros seguros, especialmente un seguro de decesos. Si todavía no tienes esta póliza, consulta nuestro comparador de seguros de decesos.
Envío de medicamentos
Es posible que tu compañía tenga una cobertura específica para esta situación, que consiste en que te receten un medicamento prescrito por un médico y que no puedas adquirirlo en el lugar donde te encuentres. En ese caso, la aseguradora se encargará de localizarlo y enviártelo por el medio más rápido y con sujeción a las legislaciones locales.
¿En qué casos no se da esta cobertura? En el caso de que ya no se fabrique o no esté disponible en los canales habituales de distribución en España.
¿Qué no cubren los seguros de salud en viajes al extranjero?
Ten en cuenta que estas coberturas son un complemento adicional a la póliza de salud en España y hay ciertas cosas que tienes que saber.
Recuerda que los seguros, por normal general, no cubren los gastos ocasionados por el diagnóstico o el tratamiento de un estado fisiológico o enfermedad ya conocida antes de la fecha de la iniciación del viaje, a menos que sea una complicación clara o imprevisible.
Tampoco están cubiertas las enfermedades mentales y las crónicas que te hayan prescrito con anterioridad.
A diferencia de los seguros de viaje, los seguros de salud solo cubren aspectos relacionados con la salud y carecen de coberturas como la responsabilidad civil, gastos de cancelación, robo, asistencia jurídica y similares.
¿Qué tienes que hacer en caso de que necesites asistencia en el extranjero?
Es imprescindible que para que las aseguradoras te puedan cubrir esta asistencia, lo primero es que estés al corriente del pago de la póliza.
Lo primero que tienes que hacer antes de que te den asistencia médica (salvo que sea de urgencia vital), que contactes con tu aseguradora y solicites una autorización previa a través del teléfono que consta en tu tarjeta o llamando directamente a la compañía a los números que te dejamos abajo. En caso de que tengas que ir a un servicio médico por urgencia vital, podrás acudir a la clínica u hospital que tengas más próximo, debiendo comunicarlo a tu aseguradora en el plazo máximo de 7 días a contar desde la fecha del ingreso.
Tendrás que mandar la compañía una copia del informe de urgencias. Además, será necesario que se aporten una serie de documentos requeridos (justificantes de viaje, informe médico que justifique la urgencia, así como facturas y justificantes de pago).
Teléfonos de asistencia sanitaria si estás en el extranjero para cada aseguradora
DKV +34 91 379 04 34
Axa +34 933 669 581
Asisa +34 34 91 514 36 11
Sanitas +34 91 345 65 84
Mapfre +34 915 811 823
Adeslas +34 917 45 32 80
FiatC +34 932 001 819
Aegon +34 917 221 777
Esperamos que te sea útil en caso de que tengas un problema en tu viaje. Si todavía no tienes tu seguro de salud contratado, aprovecha para mirar las ofertas y promociones en los seguros de salud que hay vigentes en este momento.