Cobrar un seguro de vida – Documentación necesaria y cuándo hay que presentarla

Marta Barjola

Actualizado el 14/11/2023 a las 14:56

Cuando un familiar fallece y tenía contratado un seguro de vida, es preciso facilitar a las aseguradoras toda la documentación que necesitan para solicitar el capital asegurado. El/los beneficiario/s deberán notificar por escrito dentro de un plazo determinado y por lo general con cierto carácter de urgencia pese a la gravedad de las circunstancias ya que algunas compañías disponen de siete días desde su conocimiento para recibir la documentación.

Cuál es el proceso para cobrar un seguro de vida

Para cobrar un seguro de vida en España, es importante tener en cuenta los siguientes pasos:

  1. Asegúrate de que el seguro de vida esté en vigor en el momento en que necesites cobrarlo. Esto significa que no debe haber vencido y que no se haya cancelado por falta de pago de primas.
  2. Ponte en contacto con la compañía de seguros para informarles de que necesitas cobrar el seguro de vida. La compañía de seguros te proporcionará una forma de hacer la reclamación.
  3. Sigue las instrucciones de la compañía de seguros para completar la reclamación. Esto puede incluir proporcionar documentación, como un certificado de defunción o una copia del contrato de seguro de vida.
  4. Una vez que la compañía de seguros haya recibido y revisado la documentación de la reclamación, procesará el pago del seguro de vida. El tiempo que tarda en hacerse efectivo el pago puede variar, pero generalmente se realiza dentro de un plazo de unos pocos meses después de haber presentado la reclamación.
  5. Es importante tener en cuenta que, en algunos casos, la compañía de seguros puede requerir más información o realizar una investigación adicional antes de pagar la reclamación. También es posible que se requiera una valoración médica para determinar si la muerte se debe a una enfermedad cubierta por el seguro de vida.
  6. Es recomendable guardar una copia de toda la documentación relacionada con el seguro de vida y la reclamación, ya que puede ser útil en caso de que surjan preguntas o problemas durante el proceso de cobro.

Para poder comprobar que estás en el plazo de tiempo en el que puedes hacer la reclamación tienes que acceder a las condiciones del contrato del seguro de vida que estaba en vigor hasta el momento del fallecimiento.

A partir de ese momento, se le comunica a la aseguradora el siniestro y esto suele hacerse a través de un formulario que puedes obtener en la propia compañía o en su página web.

Una vez se realiza la notificación a la aseguradora por parte de los familares, es necesario aportar la documentación necesaria para que se pueda realizar una correcta tramitación, donde se deberán disponer de los siguientes documentos. Es conveniente saber que cada aseguradora puede requerir de una documentación diferente, siendo estas las más comunes:

Documentos necesarios para cobrar un seguro de vida

  • Certificado de nacimiento o fotocopia compulsada del D.N.I. y certificado de defunción expedido por el Registro Civil.
  • En caso de fallecimiento por enfermedad se solicita el historial médico completo del Asegurado, que debe contener los siguientes documentos (que recogerán la causa del siniestro, la fecha del diagnóstico de la enfermedad, la evolución seguida y el tratamiento médico impuesto):
    • Certificado del médico que haya asistido al Asegurado, indicando el origen, evolución y naturaleza de la enfermedad o accidente que le causó la muerte o, en su caso, testimonio de las diligencias judiciales o documentos que acrediten el fallecimiento por accidente.
    • Los informes médicos de todos los ingresos hospitalarios sufridos por el Asegurado.
    • Los informes de todas las atenciones ambulatorias realizadas al Asegurado.
    • En los casos en que el Asegurado no haya sido hospitalizado ni haya tenido atenciones ambulatorias deberán aportar:
  • Certificado médico donde se indiquen los antecedentes de la enfermedad que causa el fallecimiento y la fecha de inicio de los mismos o, en caso contrario, la inexistencia de antecedentes médicos.
  • Los reconocimientos médicos de empresa que se pudieran haber realizado al Asegurado.
    Certificado de la Seguridad Social donde consten las bajas laborales del Asegurado en los ltimos diez años, con detalle de las fechas y los motivos de las mismas.
  • Certificado del Registro de Actos de últimas Voluntades y, en su caso, copia del último Testamento o Declaración Notarial de Herederos (s lo para el caso de Fallecimiento).
  • Documento acreditativo de la condición de Beneficiario.
  • Liquidación y carta de pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones que por el seguro pudiera corresponder o la declaración de exención.
  • En caso de accidente: diligencias Judiciales del Juzgado que haya intervenido en el suceso; Atestado de la Policía o Guardia Civil, con el Informe Técnico y croquis explicativo; copia del informe de la autopsia o, en caso de no haberse practicado, informe médico forense, además del análisis toxicológico. En caso de accidente laboral, acta de la Inspección de Trabajo.
  • La póliza y el último recibo de prima satisfecho.

El Beneficiario o, en su caso, los Beneficiarios, deberán justificar su derecho fehacientemente. Todos los justificantes documentales habrán de presentarse debidamente legalizados, en los casos que fuere preciso. Una vez recibidos los anteriores documentos, la Entidad Aseguradora, deberá efectuar, dentro de los cuarenta días, a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo al que pueda resultar obligado, según las circunstancias por él conocidas.

Una vez que la compañía de seguros haya recibido la solicitud y la documentación necesaria, evaluará la reclamación y te informará sobre su decisión. Si la reclamación es aprobada, recibirás el pago de la indemnización según lo establecido en el contrato del seguro.

Es importante tener en cuenta que, en algunos casos, puede ser necesario esperar un tiempo antes de que se procese la reclamación y se reciba el pago. Además, es posible que la compañía de seguros solicité más información o documentación para evaluar la reclamación.

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Espero que esta información te sea de ayuda. Si tienes alguna pregunta o necesitas más detalles, no dudes en preguntarnos. Te recordamos que en caso de tener los seguros en una correduría como la nuestra, siempre dispondrás de apoyo adicional para gestionar este tipo de siniestros no solo en los seguros de vida, sino también en el resto de seguros.

Escrito por: Marta Barjola

Consultora senior de comunicación, Experta en seguros de coche, moto, salud, vida, decesos, autónomos y empresas. Técnico de Marketing y Comunicación Interna y externa, periodista y comunicadora. Más de veinticinco años de experiencia, los últimos, con clara orientación al cliente. Interés por los medios digitales, entusiasta y proactiva. Especialista en temáticas relacionadas con banca y seguros, redactora de post para blogs, entrevistas y reportajes. Apasionada por la salud y el mundo empresarial.

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